INVITACIÓN DE COMPRA DIRECTA DE INMUEBLE De conformidad a lo señalado en el Manual de Bajas de esta institución, la Comisión Liquidadora de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador comunica que, ha recibido la oferta para la adquisición, bajo la modalidad de Compra Directa, de dos (02) inmuebles por el importe total de US$ 1,000,000.00 (un millón con 00/100 dólares americanos), según el detalle siguiente: 1. Ex Clínica Paita: Jr. San Martin N° 165-167 (entre Jr. San Martin y Alianza) distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. 2. Terreno: Sub Lote "B", Altura del Km. 2.5 de la Carretera a Yacila, Zona denominada El Tablazo Alto, al Sur Oeste de la Ciudad de Paita, distrito y provincia de Paita, departamento de Piura. En tal sentido, invitamos a los interesados para que dentro del plazo de cinco (05) días hábiles de publicado el presente aviso puedan intervenir mejorando el valor de venta. De ser el caso, las ofertas deberán ser presentadas debidamente firmadas y escaneadas a través de nuestra Mesa de Partes Virtual: http://www.cbssp.com/mpv.php.
10/06/2026

La Comisión Liquidadora de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP-LIQ) comunica a los acreedores beneficiarios, cuyos nombres aparecen en el listado adjunto al presente comunicado, que el día jueves 28 de mayo, se realizó un pago a cuenta de Acreencias Previsionales hasta por la suma de S/ 500,00. Los beneficiarios incluidos en este programa recibirán su pago en las cuentas de los bancos que se detallan en el listado adjunto. Quienes informaron cuentas en bancos distintos del Banco de Crédito del Perú deben considerar que, por tratarse de transferencias interbancarias, el abono podría demandar 01 o 02 días en llegar a sus cuentas.
01/06/2026

A LOS SEÑORES ACREEDORES BENEFICIARIOS DE LA CBSSP-LIQ La Comisión Liquidadora de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP-LIQ) comunica a los acreedores beneficiarios, cuyos nombres aparecen en el listado adjunto al presente comunicado, que el día jueves 30 de abril, se realizó un pago a cuenta de Acreencias Previsionales hasta por la suma de S/ 500,00. Los beneficiarios incluidos en este programa recibirán su pago en las cuentas de ahorro del Banco de la Nación u otros bancos según se detalla en el listado adjunto, en las que perciben o percibían el pago de sus pensiones; sin embargo, por tratarse de transferencias interbancarias, el abono podría demandar 01 o 02 días en llegar a sus cuentas. Es propicia la ocasión para informarle a todos nuestros acreedores beneficiarios que, tan pronto la CBSSP-LIQ cuente con liquidez, continuará realizando Programas de Pago a cuenta de las acreencias del segundo orden de prelación, con el propósito de incorporar a quienes no hayan sido incluidos en los programas de pago realizados a la fecha. El presente pago se efectúa en virtud de lo dispuesto por el artículo 38° de la Resolución SBS N° 455-99; y de conformidad con el orden de prelación dispuesto por Ley.
05/05/2026

Listado de pago de acreedores laborales - judiciales
08/04/2026

La Comisión Liquidadora de la Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador (CBSSP-LIQ) comunica a los acreedores beneficiarios, cuyos nombres aparecen en el listado adjunto al presente comunicado, que el día lunes 30 de marzo, se realizó un pago a cuenta de Acreencias Previsionales hasta por la suma de S/ 500,00. Los beneficiarios incluidos en este programa recibirán su pago en las cuentas de ahorro del Banco de la Nación u otros bancos según se detalla en el listado adjunto, en las que perciben o percibían el pago de sus pensiones; sin embargo, por tratarse de transferencias interbancarias, el abono podría demandar 01 o 02 días en llegar a sus cuentas. Es propicia la ocasión para informarle a todos nuestros acreedores beneficiarios que, tan pronto la CBSSP-LIQ cuente con liquidez, continuará realizando Programas de Pago a cuenta de las acreencias del segundo orden de prelación, con el propósito de incorporar a quienes no hayan sido incluidos en los programas de pago realizados a la fecha. El presente pago se efectúa en virtud de lo dispuesto por el artículo 38° de la Resolución SBS N° 455-99; y de conformidad con el orden de prelación dispuesto por Ley.
01/04/2026